CONSEJO MUNICIPAL DE IGUALDAD

Descripción

El Consejo Municipal de Igualdad es un órgano consultivo municipal, encuadrable dentro de las comisiones y órganos complementarios a que se refiere el artículo 130 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

Es un órgano con carácter consultivo y asesor, no preceptivo o reglamentario. Teniendo la finalidad de colaborar con el Ayuntamiento en el interés de todos los agentes que forman parte de las competencias de la Concejalía de Igualdad.

Las funciones competenciales del Consejo serán aquellas directamente vinculadas al asesoramiento de la Concejalía de Igualdad del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz en aquellas cuestiones que se requiera por parte de ésta, sobre asuntos propios de la competencia municipal. Y excepcionalmente de competencias de otras administraciones que estuvieran relacionadas con la ciudad. Además, conocer el plan de actuación de la Concejalía de Igualdad y los presupuestos de la misma. Los acuerdos, resoluciones, informes o dictámenes que apruebe el Consejo sólo tendrán validez si son aprobados por unanimidad.

El Consejo será convocado por la presidencia y se reunirá con carácter semestral en dependencias municipales destinadas al efecto.
Las convocatorias las cursará la secretaría técnica del Consejo por orden de la presidencia, con una antelación mínima de una semana, incorporando a la notificación el orden
del día.
Las sesiones son dirigidas por la presidencia, levantándose acta por la secretaría técnica del Consejo, con el visto bueno de aquella y aprobada en la siguiente sesión

Materia

Quién lo puede solicitar

Las convocatorias de reunión las pueden solicitar, asociaciones que colaboran activamente con la Concejalía de Igualdad de Torrejón de Ardoz.

Para ello, estas asociaciones tendrán que estar legalmente inscritas en el Registro Municipal de Entidades de este Ayuntamiento, con al menos un año de antigüedad.

Normativa de referencia

Reglamento aprobado en Pleno del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz el 24 de abril del 2024 y publicado en el BOCM Nº 110 del 9 de mayo

Canal de solicitud

  • Sede electrónica Identificándose con certificado (Dirección del perfil obligatoria).

Concejalías