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Período de pago voluntario del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

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08/03/2011 - Período de pago voluntario del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)


 DON PEDRO ROLLÁN OJEDA, ALCALDE PRESIDENTE DE TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID), HACE SABER:
Tema: Hacienda | Impuestos

 

Que en sesión celebrada el 07 de marzo de 2011, ha sido aprobado por la Junta de Gobierno Local el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, correspondiente al ejercicio 2011, cuyos recibos se cobrarán según el siguiente:

 

PERÍODO VOLUNTARIO

Del 1 de Abril al 5 de junio, ambos inclusive.

Los recibos domiciliados se cargarán en cuenta dentro de los últimos cinco días del periodo voluntario de pago, beneficiándose de una bonificación del 2% sobre la cuota del recibo.

Para aquellos contribuyentes que lo extravíen, se podrá obtener un duplicado del recibo en cualquiera de las oficinas de Caja Madrid, en la Oficina de Recaudación Municipal y en la primera planta del Ayuntamiento, (Gestión Tributaria).

PERIODO EJECUTIVO

Finalizado el periodo voluntario de pago se devengarán las siguientes prestaciones:
 
    a) Recargo ejecutivo del 5% desde el vencimiento del periodo voluntario de pago hasta la notificación de la providencia de apremio.

         b) Recargo de apremio reducido del 10% desde la notificación de la providencia de apremio y durante los plazos del artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, junto con las costas que procedan, en su caso.

  c) Recargo de apremio ordinario del 20% una vez notificada la providencia de apremio y vencidos los plazos para su pago, más los intereses de demora y costas que procedan, en su caso.

LUGAR DE PAGO

En las entidades bancarias colaboradoras de la recaudación municipal en horario comercial.